Estimado/as Afiliado/as
Importante
El día martes 28 de diciembre próximo pasado, hemos recibido una citación a la audiencia de partes con FENA para el día 30/12/2021 a las 12:00 horas.
La misma fue cursada por el Ministerio de Trabajo de la Nación y en donde se nos hace saber que se ha dispuesto una audiencia de conciliación a raíz de una solicitud de pedido de intervención efectuado por la Federación de Empresas Navieras Argentinas, FENA, en representación de la Cámara de Armadores de Remolcadores, CAR, ante la existencia de un conflicto con nuestro Sindicato suscitado por discrepancias sobre la extensión y horarios del período de cese de actividades por la celebración del Año Nuevo.
En el escrito de la presentación patronal, la parte empresaria expone los hechos, fundamentos y derechos que motivan y fundan su solicitud. Asimismo, le solicitan al Ministerio que disponga la “conciliación obligatoria” para que los afiliados al Si.Co.Na.R.A. no ejecuten el cronograma de interrupción de actividades por el fin de año publicado por el Sindicato.
Para ello citan como ejemplo lo acontecido el pasado 23 de diciembre donde nuestra Organización, en conjunto con otros gremios hermanos había dispuesto el cese de actividades desde las 19:00 horas del día 23 hasta las 08:00 horas del día 25 por la celebración de la Navidad.
En relación a ello, manifiesta que ante tal exceso de los Sindicatos, la FENA se comunicó telefónicamente con las Entidades Sindicales, algunas de las cuales comprendieron la razonabilidad del planteo empresario y rectificaron sus cronogramas de cese de actividades. Sin embargo y no obstante ello, el Si.Co.Na.R.A., no sólo no se avino a modificar el cronograma fijado, sino que lo ratificó en soledad.
Esa medida gremial, a la que califica de inédita, arbitraria, inconsulta y solitaria, les causó, continúa diciendo, importantes trastornos logísticos, operativos y significativos perjuicios económicos a las empresas representadas.
Por último, y en virtud de lo precedentemente expuesto, solicitamos a los compañeros y compañeras que estén atentos a los comunicados que eventualmente se emitan en nuestra pagina oficial, ante la posibilidad que las autoridades del Ministerio de Trabajo de la Nación, en la audiencia a celebrarse el día 30/12/2021, disponga la “conciliación obligatoria” u otra medida que nos imposibilite cumplir con el cronograma de cese de actividades establecido oportunamente para la celebraciones de fin de año.
Fraternalmente.
Armando Alessi Secretario General
COMISIÓN DIRECTIVA CENTRAL
CONSEJO FEDERAL
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