PRÓRROGA DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS

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PRÓRROGA DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS

En su oportunidad informamos que en virtud de la emergencia sanitaria declarada por el DNU N° 260/2020, declarada por la Ley N° 27.541, ampliada y prorrogada, así como sus normas complementarias, la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante autorizó en carácter excepcional la prórroga de los Títulos Nacionales e Internacionales emitidos por la Marina Mercante hasta el 31 de diciembre de 2020 (Nota NO-2020-39163370-APN-SSPVNYMM#MTR).

Asimismo, se autorizó, también con carácter excepcional, prorrogar por el plazo de TRES (3) meses desde su fecha de vencimiento, todos los Certificados y Títulos Nacionales e Internacionales que caduquen entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021.

En virtud de mantenerse las condiciones de emergencia que motivaron la medida mencionada y ante la proximidad de su vencimiento, se consultó a la Dirección General de Educación de la Armada la que destacó que con motivo de la emergencia sanitaria la capacitación presencial se vio afectada y por la complejidad de la puesta en funcionamiento del cronograma de cursos a distancia, se acumuló una gran cantidad de títulos y certificados a ser revalidados, por lo que resulta necesario y conveniente un mecanismo que permita una salida ordenada del estado de “cuarentena”, asegurando al personal embarcado que su fuente laboral no se verá afectada si sus títulos y certificados se vencieran.

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PRORROGAS TÍTULOS Y CERTIFICACIONES PERSONAL MMNO-2020-86237191-APN-SSPVNYMM%MTR

Atento ello, se arribó a un consenso con las autoridades competentes y se propuso un cronograma de prórroga al que la Prefectura Naval Argentina no opuso reparos (Nota NO-2020-85961005-APN-DPSN#PNA).

Por otra parte, la Autoridad Marítima manifestó que formalizará la extensión de la validez a los Certificados de Aptitud Médica Internacional que también se hallan sujetos al Convenio STCW-78, concediendo a quienes estén en posesión de ese documento cuyo vencimiento opere entre el 16 de marzo del corriente año y el 30 de junio de 2021, una prórroga de SEIS (6) meses a partir de la fecha de caducidad.

En virtud de lo mencionado más arriba, la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante dispuso mediante Nota NO-2020-86237191-APN-SSPVNYMM#MTR del día de la fecha 11 de diciembre de 2020:

1° Prorrogar por el plazo de UN (1) año desde la fecha de su vencimiento, a todos los títulos y certificados que hayan vencido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2020, inclusive;
2° Prorrogar hasta el 30 de septiembre de 2021 todos los títulos y certificados que hayan vencido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2020 inclusive y
3° Mantener el otorgamiento con carácter excepcional de una prórroga de TRES (3) meses desde su fecha de vencimiento, a todos aquellos certificados y títulos nacionales e internacionales que caduquen entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021.

COMISIÓN DIRECTIVA CENTRAL
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