Señor Presidente:
Cumplo en dirigirme a usted, en mi carácter de Secretario General del Sindicato Conductores Navales de la República Argentina (Personería Gremial N° 319), a efectos de fijar la posición de esta Institución en relación a la serie de medidas unilaterales que ha dispuesto esa Federación y que perjudican seriamente los intereses de nuestros representados.
En primera instancia, quiero dejar asentado mi más enérgico rechazo a las causas que invocan para haber adoptado las medidas informadas, toda vez que carecen de fundamentos fácticos y jurídicos. El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 que declaró el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” excluyó a la actividad marítima -incluida la pesca- de sus disposiciones por considerarla una actividad esencial.
Más allá de los comentarios realizados por integrantes de esa Federación en supuestas reuniones virtuales mantenidas, de las cuales nuestro Sindicato no participó, en ninguna oportunidad han acompañado documentación alguna que avale y/o pruebe que la situación actual “…han producido de manera abrupta e imprevisible un notorio desequilibrio en los términos de los vínculos contractuales mantenidos con las empresas armadoras…” por lo “…que han informado que no podrán sostener dicha prestación…”.
Nunca el camino para superar las dificultades puede ser la decisión unilateral de arrasar con los derechos de los trabajadores.
Atento lo expuesto, el Sindicato Conductores Navales de la República Argentina rechaza en forma terminante las medidas informadas ya que implican una rebaja en el salario bruto del tripulante en general y de nuestro afiliado en particular ,y la continuación de la pérdida de su poder adquisitivo, recordándole en este último aspecto que desde el año 2016 con distintos subterfugios, esa Federación impidió una verdadera recomposición salarial para el personal embarcado en los buques de sus empresas asociadas.
Sin otro particular, y quedando a su disposición para aclarar y/o ampliar los términos de la presente, lo saludo con mi mayor consideración.
COMISIÓN DIRECTIVA CENTRAL
CONSEJO FEDERAL