LOS BUQUES CESARAN SUS ACTIVIDADES EL DIA 30/04/2019 A PARTIR DE LAS 18:00 HS, LOS CUALES PODRÁN ZARPAR EL DÍA 02/05/2019 A PARTIR DE LAS 07:00 HS.
LOS QUE CESEN SUS ACTIVIDADES EL DÍA 01/05/2019 PODRÁN ZARPAR EL DÍA 02/05/2019 A PARTIR DE LAS 07:00HS.
LOS MISMOS DESCARGARAN Y AMARRARAN EN LUGAR SEGURO PARA SU ESTADÍA EN PUERTO.
Los buques tanques cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los buques en navegación buscarán fondeo seguro a partir de las 23:00 hs del día 30/04/2019 y permanecerán en esa condición hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los que a las 00:00 del día 1/05/2019 estuvieran realizando operaciones de transferencia de producto (bunker) finalizarán dichas operaciones con el buque al que se estaba asistiendo y posteriormente se dirigirán a fondear en lugar seguro hasta las 24.00 hs del 1/05/2019.
Los que surtos en puerto hayan iniciado las operaciones de carga y/o descarga antes de las 23:00 hs del día 30/04/2019 finalizarán dichas operaciones y posteriormente, de no poder permanecer amarrados, se dirigirán hasta la zona de fondeo más próxima permaneciendo en ella hasta las 24.00 hs del día 1/05/2019.
Los remolcadores de puerto cesarán sus actividades entre de las 00:00 hs hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
El último servicio se tomará hasta las 23:30 hs del día, 30/04/2019 finalizado el mismo se permanecerá en puerto, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del 1/05/2019
Los remolcadores de puerto que deban asistir a buques gaseros (metanero), realizarán esa asistencia en forma normal y habitual para esos casos.
Los remolcadores de puerto deberán asistir la zarpada de los buques tanques que habiendo finalizado sus operaciones de carga/descarga deban, por razones de seguridad, liberar las terminales.
Los remolcadores de empuje cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los que se encuentren en navegación, buscarán amarre seguro a partir de las 23:00 hs del día 30/04/2019 y permanecerán amarrados hasta las 24:00 hs del 1/05/2019.
Los que a las 00:00 del día 1/05/2019 se encuentren en operación de movimiento de barcazas, finalizarán ese movimiento en particular. Posteriormente permanecerán en puerto o lugar habitual de amarre, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los remolcadores de empuje en puerto operando con carga no inflamable cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los remolcadores de empuje que operen con carga inflamable estando en puerto seguirán las mismas directivas que los buques tanques.
Las lanchas de prácticos cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Se dejará una Lancha de Guardia para el desembarque de Prácticos y para la asistencia del Buque Gasero (metanero).
El último servicio se tomará hasta las 23:30 hs del día 30/04/2019 una vez finalizado el mismo se permanecerá en puerto, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas de amarre cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas de amarres tomarán el último servicio de amarre/desamarre o colocación de barreras de contención hasta las 23:30 hs del 30/04/2019.
Si a las 00:00 hs del día 1/05/2019 se encontrarán en maniobras de amarre/desamarre o colocación de barreras de contención, finalizarán las mismas y posteriormente permanecerán en el lugar habitual de amarre, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas y catamaranes de pasajeros cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas y catamaranes podrán zarpar de puerto con el último viaje hasta las 23:30 hs del día 30/04/2019. A partir de este horario permanecerán en puerto hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas y catamaranes que a las 00:00 hs del día 1/05/2019 se encuentren navegando, finalizarán el viaje en curso, posteriormente regresarán a puerto o lugar de amarre habitual, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del 1/05/2019.
Los buques de transporte de madera cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los buques que a las 00:00 horas del día 1/05/2019 se encuentren operando en carga/descarga, suspenderán dicha operación y permanecerán en el lugar de amarre cesando las actividad es hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Los buques en navegación buscarán a partir de las 23:00 hs del día 30/04/2019 el lugar más cerca no y seguro para amarrar o fondear y permanecerán en esa condición, cesando las actividades hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Las lanchas recolectoras de residuos cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs y hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
Estas directivas quedarán sin efecto cuando por razón es de seguridad de la navegación de las personas o materiales, la Autoridad Marítima requiera la asistencia o servicio de alguna/s embarcación/es; y/o cuando el/los Capitán/es, por éstas mismas razones, evalúen la necesidad de apartarse de ellas, y hasta tanto desaparezca el motivo que provocó el no cumplimiento de las mismas.
Dentro de las posibilidades con que cuenten los afiliados deberán comunicar dicha situación a los respectivos representantes sindicales.
De no existir comunicación fehaciente y expresa de las Autoridades Sindicales que modifiquen estas directivas, las mismas tendrán vigencia hasta las 24:00 hs del día 1/05/2019.
CONSEJO FEDERAL
COMISIÓN DIRECTIVA CENTRAL