Para el Sindicato Conductores Navales este proyecto de ley al no contemplar frenar el éxodo de buques de bandera nacionales a otras banderas y al no alentar la incorporación de nuevas unidades que traería como consecuencia la creación de fuentes de trabajo para nuestros afiliados con convicción decimos:
NO SIRVE
Quienes desde esta página siguen el accionar de nuestro Sindicato para reclamar por el estado “terminal” en que se encuentra el sector fluvial del transporte por agua -el de ultramar no se encuentra en mejor situación pero su problemática es distinta-, son plenamente conscientes que hace años que nos movilizamos para que se adopten las medidas de política interna que logren frenar el éxodo de buques de bandera nacional a flotas extranjeras regionales y, en una segunda etapa, alienten la incorporación de nuevas unidades y la consecuente creación de fuentes de trabajo para los Conductores y Motoristas Navales.
En los múltiples documentos presentados en relación al tema ante las autoridades competentes -desde la Presidente de la Nación hasta la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables-, dejamos expresamente sentada nuestra posición. Manifestamos claramente que revertir la crítica situación del sector fluvial nacional no requiere, necesariamente, el dictado de una ley. El dictado de unas pocas resoluciones del Ministerio de Economía y de la AFIP sentaría las bases para terminar con el éxodo de unidades y podrían, de existir la decisión política, enmarcarse dentro de un decreto que declare la emergencia del sector fluvial. Es obvio que si las medidas de promoción surgieran de una ley sería mejor, pero nuestra experiencia nos indica que la lógica demora del proceso legislativo -hace más de tres décadas que se vienen discutiendo distintos proyectos- y las dificultades para lograr un consenso amplio entre los distintos actores de la actividad, hacen conveniente su adopción por la vía de un decreto y de las necesarias resoluciones de las distintas áreas de la administración que se dicten en su consecuencia.
Y la realidad, una vez más, nos ha dado la razón. El proyecto de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables no contó con el apoyo político necesario -tampoco con el consenso mayoritario- y naufragó. Ya en esa oportunidad nuestro Sindicato hizo oír su voz de rechazo a la iniciativa porque la misma dejaba fuera del ámbito del régimen de promoción al sector fluvial.
El traspié en el ámbito del Ejecutivo Nacional hizo que sus mentores insistieran con la iniciativa, esta vez a través de un proyecto de ley encabezado por el Diputado Nacional, Gastón Harispe que fuera presentado con apoyo parcial de la industria naval, el sindicato de obreros navales y algunos pocos gremios marítimos.
La falta de un amplio consenso en el proyecto del Diputado Harispe hizo que surgiera otra iniciativa dentro del mismo bloque oficialista del Frente para la Victoria por medio del Diputado Gustavo Martínez Campos, representante de la provincia del Chaco y Secretario de la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios de la Cámara de Diputados de la Nación, a esta nueva iniciativa, nuestro sindicato formulara el comentario correspondiente, habida cuenta que este proyecto contempla la reactivación de la navegación fluvial enarbolando la tan ansiada bandera nacional Argentina en nuestros barcos.
La elaboración de este proyecto se realizó en consulta con los distintos sectores, por lo que nuestro gremio pudo hacer llegar su opinión sobre los lineamientos principales que debía contener. Lamentablemente, por distintas cuestiones, el mismo no llegó a tener “estado parlamentario” como sí lo tuvo el del Diputado Harispe.
Transcurrido más de medio año 2015, el sector fluvial continúa su lenta agonía ante la mirada indiferente del Gobierno Nacional. Ninguna de las medidas propuestas y que en distintas oportunidades se le hicieran llegar -que pueden leerse en esta página- se adoptó por lo que siguió agudizándose la crisis sectorial con la consecuente paralización de unidades fluviales y, en algunos casos, cambio de pabellón.
A raíz de haber perdido el “estado parlamentario” por su no tratamiento en el año, el “proyecto Harispe” fue presentado nuevamente con fecha 10 de junio de 2015 y girado, además de a la Comisión de Intereses Marítimos, a las de Industria y Presupuesto y Hacienda. Otra vez, como lo hicieran en la anterior oportunidad, se montó una puesta en escena para hacer creer que este proyecto cuenta con el apoyo unánime de la comunidad marítima lo que está muy lejos de ser cierto.
Ni siquiera cuenta con el apoyo unánime de la industria naval, actividad a la que se destina la mayoría de las medidas promocionales del proyecto.
En lo que respecta a nuestro Sindicato, al igual que lo hicimos en la anterior oportunidad y atento que el proyecto no ha sufrido modificaciones en los temas que son de nuestro interés, ha hecho saber su posición contraria. A ese fin, se le ha cursado en fecha reciente una nota al Presidente de la HCD Julián Domínguez, advirtiéndole que el proyecto en cuestión no cuenta con consenso mayoritario y deja fuera del régimen de promoción al sector fluvial.
Esta última situación surge claramente del articulado propuesto. Así, el artículo 15º (CAPÍTULO IV – FLOTA MERCANTE ARGENTINA) establece que “…quedan excluidos de los beneficios otorgados…por la presente norma…” los remolcadores de empuje y las embarcaciones de apoyo y asistencia para los tráficos marítimos y fluviales cualquiera sea su potencia (inciso c).
Pero mucho más grave aún que esta absurda discriminación a los remolcadores de empuje, nuestra fuente de trabajo, es que el último párrafo del mismo artículo 15º ya citado dice que “…las embarcaciones comprendidos en los incisos a); b); c); d); e); f); g) e i) precedentes que se incorporen al Registro Nacional de Buques a partir de la fecha de la presente norma, deberán ser construidos en astilleros nacionales.”(el destacado y subrayado es propio).
Es decir que este proyecto normativo no sólo excluye a los buques fluviales de bandera extranjera, en especial remolcadores de empuje, de la posibilidad de ser charteados a casco desnudo con tratamiento de bandera argentina -régimen igual al del Decreto Nº 1010/2004) sino, más grave aún pensando en el futuro, impide el ingreso de nuevas unidades a la matrícula nacional que no sean construidas en el país. Así, si mañana se dieran las condiciones económicas para que los armadores consideren reingresar a la matrícula argentina los buques fluviales que hoy están bajo pabellón extranjero -mayoritariamente de bandera paraguaya-, se verían impedidos de hacerlo. La ley lo prohíbe. Tampoco podrían incorporar unidades nuevas.
La grosera discriminación que recibe el sector fluvial en este proyecto de ley hace imposible que nuestro Sindicato lo apoye. Es más, estamos decididos a cuestionarlo en el ámbito parlamentario explicando a los legisladores la sin razón de esta exclusión y el enorme perjuicio que causa a los trabajadores marítimos del sector fluvial, así como hacer pública nuestra oposición por todos los medios a nuestro alcance.
Por eso, porque nuestras fuentes de trabajo están más en peligro que nunca y el “proyecto” Harispe nos discrimina injustamente decimos con mas fuerza que nunca:
NO SIRVE
Comision Directiva Central